El presente sistema de compra se somete a la legislación vigente en España (Código Civil, Código de Comercio, Ley 7/1996, de 15 de enero, de ordenación del comercio minorista, Ley 7/1998, de las Condiciones generales de la contratación, Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, Real Decreto 1906/1999, de 17 diciembre, relativo a la contratación telefónica y electrónica con condiciones generales y la Ley 34/2002, de Servicios de la Información y Comercio electrónico).
Conforme a la Ley 34/2002 de 11 de julio el contrato se presumirá celebrado en el domicilio del vendedor (España). Si en su caso existieren desacuerdos que pudieran surgir como consecuencia de la presente relación contractual y no se pudieran resolver de manera amistosa, se someterá a los Tribunales que se consideren competentes en cada caso.